¿Podrán cortar los suministros si no puedo hacer frente al pago de las facturas?
No. Mientras prosiga el estado de alarma ninguna empresa suministradora podrá corta el suministro (electricidad, gas y agua) a ningún ciudadano. El anterior paquete de medidas contemplaba la prohibición del corte de suministros para personas y familias en situación de vulnerabilidad. Ahora esta medida se extiende a toda la población.
¿Qué puedo hacer si no puedo afrontar el pago de un crédito personal?
Se ha impulsado una moratoria de tres meses en el pago de los créditos al consumo (una tarjeta de crédito, la financiación de un producto, etc.) para aquellos consumidores que incurran en los supuestos de vulnerabilidad económica: hayan perdido el empleo a raíz de la crisis, hayan sufrido una reducción significativa de sus ingresos.
¿Qué ocurre si he contratado la prestación de un servicio que no puedo disfrutar por la crisis del COVID-19 y el estado de alarma?
Si como consecuencia de las medidas adoptadas en el estado de alarma determinados contratos no se puedan cumplir y no hay otra solución; el consumidor tendrá derecho a resolver el contrato y recibir el reembolso.
- El consumidor y el vendedor tendrán 60 días para acordar alguna alternativa (bono, vales o similar.). En caso de que no haya acuerdo, el vendedor reembolsará el dinero al consumidor.
En lo referente a servicios que se ofrecen de forma continuada (gimnasios, academias, etc.), el consumidor tendrá derecho a recuperar el servicio que ha perdido
- En caso de que el consumidor no pueda o no acepte dicha recuperación, la empresa le devolverá el dinero del servicio.
- Las empresas se abstendrán de cobrar nuevas mensualidades hasta que se pueda prestar el servicio con normalidad.
¿Me devuelven el dinero de un viaje contratado y que no voy a poder realizar por la crisis del COVID-19 y el estado de alarma?
Los consumidores o usuarios pueden reclamar la devolución del dinero o la suspensión del contrato sin penalización alguna. En el caso de que se trate de un viaje combinado y los servicios los preste una agencia o similar, podrán entregar al consumidor o usuario un bono para ser utilizado dentro de un año desde la finalización de la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas, por una cuantía igual al reembolso que hubiera correspondido.
- Transcurrido el periodo de validez del bono sin haber sido utilizado, el consumidor podrá solicitar el reembolso completo de cualquier pago realizado.